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Cómo puede la UE aumentar la eliminación de carbono

BERLÍN/PARÍS – La Unión Europea se ha comprometido a lograr la emisión neta nula de gases de efecto invernadero (GEI) en 2050, y hay indicios claros de que las autoridades europeas aprobarán un nuevo objetivo de reducir las emisiones en un 90% con plazo en 2040. La evidencia científica respecto de lo que hay que hacer para limitar el calentamiento global a no más de 1,5 °C por encima de los niveles preindustriales es clara: recortar en forma rápida y drástica las emisiones y eliminarentre 6 y 10 gigatoneladas anuales de dióxido de carbono de la atmósfera. Pero hoy se le da mucha más importancia a lo primero que a lo segundo.

Eso debe cambiar, y pronto. Para eliminar CO2 de la atmósfera hay que aumentar la inversión en las tecnologías relacionadas, que hoy se sitúa entre 5000 y 13 000 millones de dólares, y debe llegar a entre 6 y 16 billones de dólares en 2050. A título comparativo, esto es al menos el doble de los ingresosanuales de la industria gaspetrolera.

Dejando a un lado la obligación ética (e incluso podríamos decir existencial) de proteger el clima, el despliegue de tecnologías de eliminación de carbono en toda la UE también tiene un sentido económico. Una industria mundial de eliminación de carbono capaz de lograr la emisión neta nula podría valer entre 300 000 millones y 1,2 billones de dólares en 2050.

Además de la inversión pública y privada, una de las fuentes más importantes de financiación de proyectos de eliminación de carbono son los mercados de carbono, donde las empresas compran créditos para compensar sus emisiones. El cobro de un precio por las emisiones de carbono da a las empresas un incentivo para la mejora de la eficiencia energética y el desarrollo y despliegue de soluciones de tecnología verde en todas sus operaciones.

En la actualidad hay dos metodologías principales para la fijación de precios del carbono: los mercados de carbono obligatorios y los voluntarios. Los primeros dependen de regímenes de reducción obligatoria de las emisiones de carbono, dirigidos ante todo a las industrias más contaminantes, como la siderúrgica, la petrolera y la del transporte, mientras que el mercado voluntario funciona de forma independiente, sin supervisión regulatoria directa.

El Régimen de Comercio de Derechos de Emisión (RCDE) de la UE (el mercado obligatorio del bloque) funciona según el principio de «límite e intercambio», por el cual las empresas de determinados sectores reciben derechos de emisión tomados de una asignación total que se fija de modo tal de reducir la emisión total de CO2. A continuación, las empresas que no hayan utilizado todos sus derechos pueden venderlos en el mercado; a menudo, los compran otras empresas que necesitan más.

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En cambio, los mercados voluntarios de carbono permiten a empresas y particulares adquirir créditos correspondientes a proyectos de compensación de emisiones verificados, para cumplir objetivos de sostenibilidad independientemente de la asignación de derechos de emisión. Estos mercados utilizan diversas metodologías para verificar que la reducción de emisiones sea real, medible y permanente.

Por desgracia, a pesar de la urgencia de la acción climática, los debates recientes sobre los mercados voluntarios de carbono han puesto en duda su utilidad. Los escépticos sostienen que la falta de transparencia y la incoherencia normativa dan lugar a créditos de baja calidad, sobre la base de métodos de compensación que no cumplen la reducción de emisiones prometida. Consideran además que estos mercados ofrecen a las grandes empresas una forma elaborada de ecopostureo.

La polémica llegó a un clímax a principios de este año, cuando los detractores del sistema cuestionaron la legitimidad de la iniciativa Science Based Targets (SBTi), encargada de elaborar normas y herramientas mundiales para que las empresas puedan fijar objetivos de emisión de GEI acordes con el objetivo de alcanzar la neutralidad de carbono en 2050. La decisión de la SBTi de permitir a las empresas incluir créditos de carbono voluntarios en el cálculo de sus emisiones indirectas provocó fuerte rechazo, ya que muchos cuestionaron la credibilidad de esos instrumentos. Unos meses después, la SBTi revisó su postura y aclaró que los certificados de atributos ambientales (incluidos los créditos de carbono) no pueden usarse para compensar las emisiones de las cadenas de valor de las empresas.

Hechos como este han obstaculizadouna financiación de soluciones climáticas (en particular la eliminación de carbono) que es crucial. Ni el RCDE ni los mercados voluntarios de carbono del bloque pueden financiar de forma sostenible las tecnologías de eliminación de carbono. Muchos han sugeridoel uso de tecnología avanzada para mejorar la transparencia y rendición de cuentas de los mercados de carbono. Pero dada la complejidad de la situación y la falta de normas unificadas para los mercados voluntarios, para incrementar la eliminación de carbono se necesita otra herramienta: la regulación.

Un buen ejemplo es Japón. El mercado obligatorio japonés ahora acepta créditos procedentes de métodos de eliminación de carbono, como la captura atmosférica directa y la bioenergía con captura y almacenamiento de carbono. La Ley de Desarrollo del Mercado de Eliminación de Dióxido de Carbono de California también puede fomentar la adopción y el despliegue generalizados de esta tecnología, definiendo los tipos de emisiones que puede contrarrestar.

La UE debe mandar que las empresas reduzcan sus emisiones hasta cierto nivel y adquieran «créditos de emisiones negativas» para compensar el impacto climático restante. Igual de importante es definir normas claras de certificación de las diversas prácticas de eliminación de carbono, que garanticen su eficacia y el almacenamiento de carbono a largo plazo, para incentivar a las empresas a invertir en las tecnologías relacionadas.

Ya se han logrado algunos avances. La adopción este año por la UE del marco de certificación de la eliminación de carbono fue un primer paso importante hacia la regulación de esta tecnología.

Pero hay que hacer más. Para empezar, no está claro cómo funcionará este nuevo marco con las normativas actuales, incluido el RCDE. Además, las organizaciones de fijación de normas, como la SBTi, deben integrar mejor la «mitigación más allá de la cadena de valor» (los esfuerzos de las empresas por reducir las emisiones de GEI fuera de sus propias operaciones) y la eliminación de carbono en los objetivos climáticos corporativos a corto plazo, para ayudar a orientar la respuesta normativa. Mientras la UE se prepara para revisar el RCDE en 2026, debe aprovechar esta oportunidad para tomar la iniciativa en la promoción de una tecnología verde crucial.

Aclaración: los autores de este artículo son, respectivamente, el director ejecutivo de una empresa que certifica créditos para mercados de carbono voluntarios y una inversionista con participación en la empresa.

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