En 1998, visité las antiguas repúblicas soviéticas del Asia central para celebrar conversaciones sobre el desarrollo democrático que estaba - o debería haber estado- produciéndose en aquellos países que acababan de recuperar la independencia. Mis anfitriones eran antiguos dirigentes comunistas que habían pasado a ser presidentes elegidos más o menos democráticamente. Todos ellos hablaban con soltura de las instituciones, de los procedimientos democráticos y del respeto del Estado de derecho. Pero los derechos humanos eran un asunto del todo diferente.
En cada uno de los países presenté listas de presos políticos y pregunté qué había sido de ellos. En un país el presidente decidió de inmediato liberar a un hombre acusado de tramar un golpe de Estado. Pero incluso aquel aparente éxito fue moralmente ambiguo. El presidente no había adoptado una decisión política; había concedido un favor personal. Lo que yo recibía era un regalo -mera demostración, a su vez, del arbitrario ejercicio del poder por parte del presidente-, no una prueba de respeto de los principios morales.
En otro país, hablé con un dirigente de la oposición islámica fundamentalista, que había reñido una larga guerra civil contra el gobierno. Aquel hombre se hacía llamar ahora presidente de un "Comité de Reconciliación Nacional". A pesar de estar rodeado de guardas armados hasta los dientes, apoyaba firmemente el concepto de democratización. De hecho, lo veía como su vía más segura hasta el poder, porque la inmensa mayoría de la población pensaba exactamente igual que él. La democracia - dio a entender de forma más inquietante- le permitiría "eliminar" - no se extendió sobre el significado exacto de esta palabra- a quienes no lo hicieran.
En semejantes democracias sin demócratas, resulta más problemático hablar de "derechos humanos" que de formalidades de procedimiento, porque no se los concibe como "derechos" en el sentido jurídico, sino como simples remordimientos de conciencia o bien como regalos que intercambiar por otra cosa de valor. Esta distinción tiene su importancia, porque indica la limitada eficacia de las normas legales formalizadas como medio de fomentar los derechos humanos.
Ese desfase entre los derechos humanos y el comportamiento de los gobernantes ha provocado el mayor cambio en la forma de abordar los asuntos internacionales en nuestro tiempo: el advenimiento de la "intervención humanitaria". Al principio surgió fuera de las instituciones internacionales establecidas y del sistema de las Naciones Unidas y su origen se remonta al grupo francés Médicos sin Fronteras, que atribuía a los derechos humanos un valor superior a la soberanía nacional. Médicos sin Fronteras lanzó el concepto de "derecho de intervención", cuando se produjeran catástrofes en materia de asuntos humanitarios, sin atenerse a las prescripciones del derecho internacional tradicional.
El sistema internacional adoptó con bastante rapidez (y transformó) dicho concepto y siguieron numerosas intervenciones militares humanitarias: en Somalia, Haití, Bosnia, Kosovo, Timor Oriental y Sierra leona. Por lo general, se llevaron a cabo esas operaciones conforme a un mandato del Consejo de Seguridad. Una excepción notable fue la intervención de la OTAN en Kosovo, que no fue sancionada explícitamente por las Naciones Unidas. La intervención en Kosovo fue notable también en otro sentido: su legitimación fue de carácter moral enteramente, como reacción ante la campaña de depuración étnica del régimen de Milosevic, que amenazaba muy en serio con provocar otra inmensa catástrofe en materia de asuntos humanitarios.
At a time when democracy is under threat, there is an urgent need for incisive, informed analysis of the issues and questions driving the news – just what PS has always provided. Subscribe now and save $50 on a new subscription.
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La intervención de la OTAN en Kosovo es un precedente al que el Secretario de Estado de los Estados Unidos, Colin Powell, recurrió para justificar la guerra con el Iraq. Pero, por convincente que resulte la causa de la intervención militar humanitaria, esa clase de acciones deben estar amparadas por la Carta de las Naciones Unidas.
Al fin y al cabo, el fomento de los derechos humanos fue el principio rector en que se basó la creación de las Naciones Unidas. En la Declaración de Derechos Humanos de 1948 y en los Acuerdos de Helsinki de 1975, que conceden supremacía jurídica a los derechos humanos respecto de la soberanía de los Estados particulares, se afirmaron sus misiones a ese respecto.
No obstante, existe una contradicción flagrante entre la universalidad y la supremacía de los derechos humanos y los principios de soberanía y no injerencia en los asuntos internos de los Estados, que también están consagrados en documentos de las Naciones Unidas. Una forma de superar esa división es la de introducir en la Carta de las Naciones Unidas un nuevo capítulo dedicado a los derechos humanos y hacer una nueva formulación del capítulo IV, relativo al uso de la fuerza en las relaciones internacionales.
Además, hace falta una nueva definición del propio principio de soberanía. Lo que el mundo necesita es un sistema de mandamientos judiciales -acuerdos bilaterales y multilaterales, además de instituciones apropiadas encargadas de la supervisión y la vigilancia- para regular el uso de la fuerza por razones humanitarias.
Son necesarias limitaciones legales a la intervención humanitaria, porque los dictadores suelen justificar con demasiada frecuencia la agresión criminal. Adolf Hitler acuñó esa estrategia cuando desmanteló Checoslovaquia -supuestamente en defensa de los alemanes de los Sudetes- y más adelante cuando invadió mi patria, Polonia. Como volvió a demostrar Milosevic en el decenio de 1990, cuando alegó que lo que hacía era defender a serbios inocentes en Croacia y Bosnia, la justificación de la intervención militar basada exclusivamente en principios morales deja demasiado margen para su distorsión y su uso indebido.
Ésa es la razón por la que los debates sobre la reforma del Consejo de Seguridad no deben centrarse en el cambio de su composición, sino en su misión. Se debe hacer responsable explícitamente al Consejo de la "seguridad humana" y se le debe asignar el cometido de protegerla, además de su función actual de defensor de concepciones más tradicionales de la seguridad internacional.
El principio de no intervención en los asuntos internos de un Estado nunca ha sido absoluto y la mundialización lo enfrenta a un imperativo radical. El término "relaciones internacionales" da por sentado el orden establecido tras la paz de Westfalia de compromisos entre Estados-nación soberanos, que substituyó al orden medieval de comunidades caracterizadas por la lealtad personal a un rey. Pero lo que hoy está en decadencia es el orden resultante de la paz de Westfalia, junto con la importancia de las fronteras estatales. En ese marco más amplio e incierto, la necesidad de regular la intervención militar humanitaria ocupa un lugar preponderante.
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South Korea's latest political crisis is further evidence that the 1987 constitution has outlived its usefulness. To facilitate better governance and bolster policy stability, the country must establish a new political framework that includes stronger checks on the president and fosters genuine power-sharing.
argues that breaking the cycle of political crises will require some fundamental reforms.
Among the major issues that will dominate attention in the next 12 months are the future of multilateralism, the ongoing wars in Ukraine and the Middle East, and the threats to global stability posed by geopolitical rivalries and Donald Trump’s second presidency. Advances in artificial intelligence, if regulated effectively, offer a glimmer of hope.
asked PS contributors to identify the national and global trends to look out for in the coming year.
En 1998, visité las antiguas repúblicas soviéticas del Asia central para celebrar conversaciones sobre el desarrollo democrático que estaba - o debería haber estado- produciéndose en aquellos países que acababan de recuperar la independencia. Mis anfitriones eran antiguos dirigentes comunistas que habían pasado a ser presidentes elegidos más o menos democráticamente. Todos ellos hablaban con soltura de las instituciones, de los procedimientos democráticos y del respeto del Estado de derecho. Pero los derechos humanos eran un asunto del todo diferente.
En cada uno de los países presenté listas de presos políticos y pregunté qué había sido de ellos. En un país el presidente decidió de inmediato liberar a un hombre acusado de tramar un golpe de Estado. Pero incluso aquel aparente éxito fue moralmente ambiguo. El presidente no había adoptado una decisión política; había concedido un favor personal. Lo que yo recibía era un regalo -mera demostración, a su vez, del arbitrario ejercicio del poder por parte del presidente-, no una prueba de respeto de los principios morales.
En otro país, hablé con un dirigente de la oposición islámica fundamentalista, que había reñido una larga guerra civil contra el gobierno. Aquel hombre se hacía llamar ahora presidente de un "Comité de Reconciliación Nacional". A pesar de estar rodeado de guardas armados hasta los dientes, apoyaba firmemente el concepto de democratización. De hecho, lo veía como su vía más segura hasta el poder, porque la inmensa mayoría de la población pensaba exactamente igual que él. La democracia - dio a entender de forma más inquietante- le permitiría "eliminar" - no se extendió sobre el significado exacto de esta palabra- a quienes no lo hicieran.
En semejantes democracias sin demócratas, resulta más problemático hablar de "derechos humanos" que de formalidades de procedimiento, porque no se los concibe como "derechos" en el sentido jurídico, sino como simples remordimientos de conciencia o bien como regalos que intercambiar por otra cosa de valor. Esta distinción tiene su importancia, porque indica la limitada eficacia de las normas legales formalizadas como medio de fomentar los derechos humanos.
Ese desfase entre los derechos humanos y el comportamiento de los gobernantes ha provocado el mayor cambio en la forma de abordar los asuntos internacionales en nuestro tiempo: el advenimiento de la "intervención humanitaria". Al principio surgió fuera de las instituciones internacionales establecidas y del sistema de las Naciones Unidas y su origen se remonta al grupo francés Médicos sin Fronteras, que atribuía a los derechos humanos un valor superior a la soberanía nacional. Médicos sin Fronteras lanzó el concepto de "derecho de intervención", cuando se produjeran catástrofes en materia de asuntos humanitarios, sin atenerse a las prescripciones del derecho internacional tradicional.
El sistema internacional adoptó con bastante rapidez (y transformó) dicho concepto y siguieron numerosas intervenciones militares humanitarias: en Somalia, Haití, Bosnia, Kosovo, Timor Oriental y Sierra leona. Por lo general, se llevaron a cabo esas operaciones conforme a un mandato del Consejo de Seguridad. Una excepción notable fue la intervención de la OTAN en Kosovo, que no fue sancionada explícitamente por las Naciones Unidas. La intervención en Kosovo fue notable también en otro sentido: su legitimación fue de carácter moral enteramente, como reacción ante la campaña de depuración étnica del régimen de Milosevic, que amenazaba muy en serio con provocar otra inmensa catástrofe en materia de asuntos humanitarios.
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La intervención de la OTAN en Kosovo es un precedente al que el Secretario de Estado de los Estados Unidos, Colin Powell, recurrió para justificar la guerra con el Iraq. Pero, por convincente que resulte la causa de la intervención militar humanitaria, esa clase de acciones deben estar amparadas por la Carta de las Naciones Unidas.
Al fin y al cabo, el fomento de los derechos humanos fue el principio rector en que se basó la creación de las Naciones Unidas. En la Declaración de Derechos Humanos de 1948 y en los Acuerdos de Helsinki de 1975, que conceden supremacía jurídica a los derechos humanos respecto de la soberanía de los Estados particulares, se afirmaron sus misiones a ese respecto.
No obstante, existe una contradicción flagrante entre la universalidad y la supremacía de los derechos humanos y los principios de soberanía y no injerencia en los asuntos internos de los Estados, que también están consagrados en documentos de las Naciones Unidas. Una forma de superar esa división es la de introducir en la Carta de las Naciones Unidas un nuevo capítulo dedicado a los derechos humanos y hacer una nueva formulación del capítulo IV, relativo al uso de la fuerza en las relaciones internacionales.
Además, hace falta una nueva definición del propio principio de soberanía. Lo que el mundo necesita es un sistema de mandamientos judiciales -acuerdos bilaterales y multilaterales, además de instituciones apropiadas encargadas de la supervisión y la vigilancia- para regular el uso de la fuerza por razones humanitarias.
Son necesarias limitaciones legales a la intervención humanitaria, porque los dictadores suelen justificar con demasiada frecuencia la agresión criminal. Adolf Hitler acuñó esa estrategia cuando desmanteló Checoslovaquia -supuestamente en defensa de los alemanes de los Sudetes- y más adelante cuando invadió mi patria, Polonia. Como volvió a demostrar Milosevic en el decenio de 1990, cuando alegó que lo que hacía era defender a serbios inocentes en Croacia y Bosnia, la justificación de la intervención militar basada exclusivamente en principios morales deja demasiado margen para su distorsión y su uso indebido.
Ésa es la razón por la que los debates sobre la reforma del Consejo de Seguridad no deben centrarse en el cambio de su composición, sino en su misión. Se debe hacer responsable explícitamente al Consejo de la "seguridad humana" y se le debe asignar el cometido de protegerla, además de su función actual de defensor de concepciones más tradicionales de la seguridad internacional.
El principio de no intervención en los asuntos internos de un Estado nunca ha sido absoluto y la mundialización lo enfrenta a un imperativo radical. El término "relaciones internacionales" da por sentado el orden establecido tras la paz de Westfalia de compromisos entre Estados-nación soberanos, que substituyó al orden medieval de comunidades caracterizadas por la lealtad personal a un rey. Pero lo que hoy está en decadencia es el orden resultante de la paz de Westfalia, junto con la importancia de las fronteras estatales. En ese marco más amplio e incierto, la necesidad de regular la intervención militar humanitaria ocupa un lugar preponderante.