Equidad y cambio climático

PRINCETON – El sentido de la equidad es universal entre los seres humanos, pero con frecuencia difieren sobre lo que requiere la equidad en una situación determinada. En ningún caso resulta más claro que en el debate sobre la necesidad de reducir las emisiones de los gases que provocan el efecto de invernadero (GEI) para evitar un peligroso cambio climático.

China y los Estados Unidos son los dos mayores emisores de GEI y no parece probable que un acuerdo mundial para reducir las emisiones sea eficaz, a no ser que los dos participen en él. Sin embargo, en las negociaciones internacionales sobre el clima, sus opiniones sobre lo que cada cual debe hacer parecen bastante alejadas.

Como profesores interesados en la cuestión del cambio climático –uno perteneciente a una universidad principal de China y otro a una universidad principal de los Estados Unidos–, pensamos que sería interesante ver si podíamos convenir en un principio equitativo para regular las emisiones de GEI.

Decidimos utilizar el coeficiente Gini, criterio común para juzgar la desigualdad de ingresos, para calibrar la desigualdad en materia de emisiones de carbono. El coeficiente Gini más bajo posible es 0, que indica que todo el mundo tiene exactamente los mismos ingresos; el más alto posible es 1, que indica que una sola persona tiene todos los ingresos y nadie más tiene. Naturalmente, todas las sociedades existentes se sitúan en algún punto entre esos dos extremos, y hay países relativamente igualitarios, como Dinamarca, con 0,25, aproximadamente, y países menos igualitarios, como los EE.UU. y Turquía, cercanos a 0,4.

Principios diferentes de equidad engendrarán distribuciones diferentes de las emisiones para cada población y “coeficientes Gini del carbono” diferentes. Utilizando el período 1850-2050 para calcular el coeficiente Gini del carbono, podemos analizar el principio de rendición histórica de cuentas, propugnado por países como China, la India y el Brasil, que tiene en cuenta las emisiones del pasado que han tenido repercusiones en la atmósfera.

Hemos seleccionado tres criterios muy debatidos para asignar los cupos de emisiones de GEI a diferentes países:

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El método de derechos iguales de emisión por habitante asigna derechos de emisión a los países en proporción con su población, pero sólo en relación con la porción restante del “presupuesto de carbono” mundial, es decir, con la cantidades que aún se pueden emitir entre ahora y 2050, sin causar un cambio climático peligroso e irreversible. (Se suele fijar ese límite en un aumento de 2ºC  en la temperatura mundial.)

El criterio de emisiones acumulativas iguales por habitante aspira a la igualdad a lo largo del tiempo. Así, pues, combina la responsabilidad por las emisiones del pasado y los derechos iguales por habitante. Asigna una parte igual del presupuesto mundial total de carbono, teniendo en cuenta la porción que ya se ha consumido.

El criterio de derechos adquiridos basa los derechos de emisión en modelos existentes. Este plan ha llegado a ser el método de facto aplicado a los países desarrollados en el Protocolo de Kyoto, que los obliga a reducir las emisiones en relación con sus niveles en 1990. Así, los países que emitían más en 1990 tienen derecho a emitir más en el futuro que los países que emitían menos en 1990.

El segundo método –emisiones acumulativas iguales por habitante- es, por definición, una forma de crear una igualdad perfecta entre todos los países en la contribución que ha hecho, a lo largo del tiempo, al cambio climático. Así, pues, le corresponde un coeficiente Gini de carbono de 0. El primer método –derechos de emisión iguales por habitante a partir de ahora– da como resultado un coeficiente Gini de carbono de 0,4, aproximadamente.

La diferencia muestra que la controversia entre países desarrollados y países en desarrollo sobre el principio de la responsabilidad histórica representa el 40 por ciento de las emisiones mundiales de GEI que pueden darse de 1850 a 2050 sin superar el presupuesto de carbono. Al método predominante –el principio de derechos adquiridos– le corresponde el mayor coeficiente Gini de carbono: 0,7, aproximadamente.

Esos coeficientes Gini de carbono tan diferentes indican que el mundo carece de una comprensión común del que sería un método ecuánime de abordar el cambio climático mundial. El éxito de las negociaciones internacionales dependerá de cómo consideren las partes –y los ciudadanos a los que representan– unos principios fundamentales de equidad, en particular la responsabilidad histórica y los derechos iguales por habitante.

En las negociaciones celebradas hasta ahora, ya ha quedado claro que no se están abordando adecuadamente las preocupaciones por la equidad a largo plazo. Cuando se incluye el principio de derechos adquiridos de facto, nuestro coeficiente Gini de carbono indica que nada menos que el 70 por ciento del presupuesto mundial de carbono sigue siendo objeto de controversia entre los países ricos y los pobres.

Si resulta demasiado difícil llegar a un acuerdo sobre el principio esencial de equidad, un acuerdo sobre que algunos coeficientes Gini de carbono son, sencillamente, demasiado extremos para ser equitativos podría constituir la base de un consenso mínimo. Por ejemplo, podemos comparar el coeficiente 0,7 Gini de carbono correspondiente al principio de derechos adquiridos con el coeficiente Gini de los EE.UU., que la mayoría de las personas consideran muy poco igualitario y, sin embargo, es mucho más bajo: 0,38, aproximadamente.

Por otra parte, las emisiones anuales iguales por habitante se basan en un principio que al menos se puede considerar equitativo y tiene un coeficiente de menos de 0,4. Así, pues, proponemos que una solución equitativa debería tener un coeficiente Gini de carbón de 0,0-0,4. Aunque la elección de un número preciso es algo arbitraria, quienes estén comprometidos con una solución equitativa para el problema del cambio climático deben partir de ese “margen equitativo” para establecer los límites.

https://prosyn.org/BAjYLmCes